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“Día de la Ancianidad”: Otro derecho adquirido gracias a nuestra líder espiritual, EVA PERON

Evita, sensible y precursora, ya reconocía el derecho de todas las personas a vivir una vejez libre de angustias y preocupaciones, gozosas del respeto y la consideración por parte de la sociedad y del Estado.

Es así como el 28 de agosto de 1948, en el Ministerio de Trabajo, Eva anunció el Decálogo de la Ancianidad y solicitó que fuera incorporado en la legislación nacional, promoviendo la construcción de cientos de Hogares mixtos de Ancianos y logrando la sanción de una ley que otorgaba pensiones a los mayores de 60 años sin amparo.

De esta forma Argentina fue precursora en la incorporación en su legislación de los derechos de los adultos mayores. De allí en adelante el resto de los países del mundo comenzaron a poner el foco en la misma temática.

Los derechos de la ancianidad fueron añadidos a la Constitución de 1949 y son los siguientes:

  1. Derecho a la Asistencia: Todo anciano tiene derecho a su protección integral por cuenta y cargo de su familia. En caso de desamparo, corresponde al Estado proveer a dicha protección, ya sea en forma directa o por intermedio de los institutos o fundaciones creadas con ese fin (…).
  2. Derecho a la Vivienda: El derecho a un albergue higiénico con un mínimo de comodidades hogareñas es inherente a la condición humana.
  3. Derecho a la Alimentación: La alimentación sana y adecuada a la edad y estado físico de cada uno debe ser contemplada en forma particular.
  4. Derecho al Vestido: El vestido decoroso y apropiado al clima complementa el derecho anterior.
  5. Derecho al Cuidado de la Salud Física: El cuidado de la salud física de los ancianos ha de ser preocupación especialísima y permanente.
  6. Derecho al Cuidado de la Salud Moral: Debe asegurarse el libre ejercicio de las expansiones espirituales, concordes con la moral y el culto.
  7. Derecho al Esparcimiento: Ha de reconocerse a la ancianidad el derecho de gozar mesuradamente de un mínimo de entretenimientos para que pueda sobrellevar con satisfacción sus horas de espera.
  8. Derecho al Trabajo: Cuando su estado y condiciones lo permitan, la ocupación por medio de la laborterapia productiva ha de ser facilitada. Se evitará así la disminución de la personalidad.
  9. Derecho a la Tranquilidad: Gozar de tranquilidad, libre de angustias y preocupaciones en los últimos años de  existencia, es patrimonio del anciano.
  10. Derecho al Respeto: La ancianidad tiene derecho al respeto y consideración de sus semejantes.

Hoy nuestra ancianidad, se encuentra en riesgo, las políticas nacionales actuales van en detrimento de todos aquellos derechos conquistados; el desmantelamiento del PAMI, la reducción de cobertura de medicamentos y el anuncio del veto a la nueva Ley de Movilidad Jubilatoria, amenazan la integridad de nuestros abuelos.

Seguiremos trabajando arduamente para tener ancianidades cuidadas y felices.